Calculadora de ISR

Retención mensual de ISR
Escribe tu ingreso mensual gravable en pesos.
$
Se resta del ISR si tu ingreso mensual no pasa de $11,492.66.
ISR a retener
$0.00

Cálculo informativo con la tarifa mensual 2026 del SAT (Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2025). No incluye cuotas del IMSS ni el ajuste de la declaración anual. No es asesoría fiscal.

El ISR de tu sueldo se calcula con la tarifa mensual del artículo 96 de la Ley del ISR: ubicas tu ingreso gravable en el renglón que le corresponde, restas el límite inferior, multiplicas el excedente por el porcentaje del renglón y sumas la cuota fija. Con $20,000 al mes, el ISR 2026 es $2,383.65. El aguinaldo también causa ISR en la parte que excede su exención; puedes calcularlo por separado en la calculadora de aguinaldo.

Cómo se calcula el ISR de tu sueldo, paso a paso

El procedimiento que usa tu patrón cada mes es siempre el mismo:

  • Determina tu ingreso mensual gravable. Suma tu sueldo y las percepciones gravadas del mes (comisiones, bonos, horas extra gravadas) y resta las partes exentas que marca la ley, como la parte exenta del aguinaldo o de la prima vacacional. Ese número es la base del cálculo.
  • Ubica el renglón de la tarifa mensual 2026. Busca en la tabla el renglón cuyo límite inferior sea el más alto sin pasar tu ingreso. Ese renglón te da la cuota fija y el porcentaje que vas a usar.
  • Resta el límite inferior. A tu ingreso gravable réstale el límite inferior del renglón. El resultado es el excedente: la única parte de tu sueldo sobre la que se aplica el porcentaje.
  • Aplica el porcentaje y suma la cuota fija. Multiplica el excedente por el porcentaje del renglón y súmale la cuota fija. El resultado es el ISR según la tarifa.
  • Resta el subsidio para el empleo, si te toca. Si tu ingreso mensual no pasa de $11,492.66, resta $535.65. Lo que quede es el ISR a retener; si el subsidio es mayor que el ISR, la retención queda en cero.

La fórmula con la tarifa mensual 2026

La fórmula del ISR con la tarifa mensual es esta:

ISR = (ingreso gravable − límite inferior) × (porcentaje ÷ 100) + cuota fija

Cada parte tiene su papel: el límite inferior marca dónde empieza tu renglón, el excedente (ingreso menos límite inferior) es la única porción que se grava con el porcentaje del renglón, y la cuota fija es el impuesto ya acumulado por todos los renglones anteriores. Por eso el porcentaje nunca se aplica a todo tu sueldo, solo al excedente. Después, si te corresponde el subsidio para el empleo, se resta del ISR: ISR a retener = ISR − subsidio, sin bajar de cero.

Ejemplos resueltos con la tarifa 2026

Tres casos con la tarifa mensual 2026, con cada paso a la vista.

Sueldo de $10,000 al mes (con subsidio)

  • Renglón: de $7,168.52 a $12,598.02; cuota fija $420.95; 10.88 % sobre el excedente.
  • Excedente: 10,000.00 − 7,168.52 = $2,831.48.
  • Impuesto sobre el excedente: 2,831.48 × 10.88 % = $308.07.
  • ISR según tarifa: 308.07 + 420.95 = $729.02.
  • Menos subsidio: 729.02 − 535.65 = $193.37 de ISR a retener.
  • Tasa efectiva: 193.37 ÷ 10,000 = 1.93 %.

Sueldo de $15,000 al mes (sin subsidio)

  • Renglón: de $14,644.65 a $17,533.64; cuota fija $1,339.14; 17.92 % sobre el excedente.
  • Excedente: 15,000.00 − 14,644.65 = $355.35.
  • Impuesto sobre el excedente: 355.35 × 17.92 % = $63.68.
  • ISR a retener: 63.68 + 1,339.14 = $1,402.82 (no hay subsidio porque el ingreso pasa de $11,492.66).
  • Tasa efectiva: 1,402.82 ÷ 15,000 = 9.35 %.

Sueldo de $60,000 al mes

  • Renglón: de $55,736.69 a $106,410.50; cuota fija $10,457.09; 30 % sobre el excedente.
  • Excedente: 60,000.00 − 55,736.69 = $4,263.31.
  • Impuesto sobre el excedente: 4,263.31 × 30 % = $1,278.99.
  • ISR a retener: 1,278.99 + 10,457.09 = $11,736.08.
  • Tasa efectiva: 11,736.08 ÷ 60,000 = 19.56 %. Aunque el renglón marca 30 %, esa tasa solo aplica al excedente; el promedio real sobre todo el sueldo es 19.56 %.

La tarifa mensual del ISR 2026, renglón por renglón

Esta es la tarifa para pagos provisionales mensuales del artículo 96 de la Ley del ISR, publicada en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2025. Sustituye a la tabla que estuvo vigente de 2023 a 2025.

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre el excedente
$0.01$844.59$0.001.92 %
$844.60$7,168.51$16.226.40 %
$7,168.52$12,598.02$420.9510.88 %
$12,598.03$14,644.64$1,011.6816.00 %
$14,644.65$17,533.64$1,339.1417.92 %
$17,533.65$35,362.83$1,856.8421.36 %
$35,362.84$55,736.68$5,665.1623.52 %
$55,736.69$106,410.50$10,457.0930.00 %
$106,410.51$141,880.66$25,659.2332.00 %
$141,880.67$425,641.99$37,009.6934.00 %
$425,642.00En adelante$133,488.5435.00 %

Los porcentajes son los mismos que en la tabla 2023–2025; lo que cambió con la actualización de 2026 son los límites y las cuotas fijas, que subieron 13.21 % por la inflación acumulada. En la práctica, con el mismo sueldo nominal de 2025, en 2026 caes en un renglón más bajo y pagas menos ISR.

El subsidio para el empleo: cuánto es y a quién le toca

El subsidio para el empleo es un apoyo del Gobierno Federal que se resta del ISR de los trabajadores con ingresos más bajos. Lo aplica tu patrón directamente en la nómina: calcula el ISR con la tarifa y luego le resta el subsidio.

En 2026, el subsidio es de $535.65 al mes y aplica cuando tu ingreso mensual que sirve de base para el ISR no pasa de $11,492.66. El monto equivale al 15.02 % del valor mensual de la UMA ($3,566.22 × 15.02 % = $535.65), según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2025. Si el subsidio es mayor que el ISR que te salió, la retención queda en cero.

Dos precisiones: para enero de 2026 el decreto ordenó usar como transición el 15.59 % de la UMA vigente en 2025, así que ese mes el monto fue ligeramente distinto; de febrero a diciembre rige $535.65. Y el subsidio no aplica a los pagos por separación, como primas de antigüedad, indemnizaciones o pagos por retiro.

Errores comunes al calcular el ISR

Estos son los tropiezos que más se repiten:

  • Aplicar el porcentaje a todo el sueldo. El porcentaje del renglón solo grava el excedente sobre el límite inferior. Aplicarlo al ingreso completo infla el impuesto varias veces.
  • Usar tablas de años anteriores. La tabla 2023–2025 dejó de aplicar el 31 de diciembre de 2025. Desde el 1 de enero de 2026 rige la tarifa nueva, con límites más altos.
  • Mezclar la tarifa mensual con la anual. Son tablas distintas: la mensual sirve para las retenciones de cada pago; la anual se usa en la declaración del ejercicio. Cada una tiene sus propios límites y cuotas.
  • Calcular sobre el sueldo bruto sin quitar exentos. La base es el ingreso gravable: hay que restar las partes exentas (aguinaldo, prima vacacional, previsión social en sus topes) antes de buscar el renglón.
  • Olvidar el subsidio… o aplicarlo sin tener derecho. Con ingresos de hasta $11,492.66 al mes, no restar los $535.65 deja un ISR más alto que el real. Y con ingresos mayores, el subsidio simplemente no aplica.
  • Confundir ISR con IMSS. Son descuentos distintos: el ISR es el impuesto que se entera al SAT y el IMSS son las cuotas de seguridad social. Las cuotas del IMSS no se restan de la base para calcular el ISR.

Lo que esta calculadora no incluye

Para usar el resultado con los ojos abiertos:

  • Es la retención provisional del mes, no el impuesto definitivo. El ISR final del año se determina en tu declaración anual, donde se acumulan todos tus ingresos y se restan las deducciones personales. Ahí puede resultar saldo a favor o impuesto adicional.
  • No incluye cuotas del IMSS ni aportaciones al Infonavit. Esos descuentos van por cuerda separada en tu recibo de nómina.
  • Solo usa la tarifa mensual. Si te pagan por semana, por decena o por quincena, el SAT publica una tarifa para cada periodicidad. Los resultados mensuales son equivalentes salvo centavos por redondeo.
  • No aplica a otros regímenes. El RESICO usa tasas directas sobre el ingreso cobrado, y los honorarios o el arrendamiento tienen sus propias reglas de retención y pagos provisionales.
  • No es asesoría fiscal. Si tienes dos patrones, otros ingresos o una situación especial, un contador puede decirte cómo queda tu caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto ISR me retienen si gano $20,000 al mes?

Con la tarifa mensual 2026, $20,000 caen en el renglón de $17,533.65 a $35,362.83: ($20,000 − $17,533.65) × 21.36 % + $1,856.84 = $2,383.65. No aplica el subsidio porque el ingreso pasa de $11,492.66, así que esa es la retención. La tasa efectiva es 11.92 % y el neto después de ISR queda en $17,616.35, antes de las cuotas del IMSS.

¿Qué es el ingreso gravable?

Es la base sobre la que se calcula el impuesto: tu sueldo más las percepciones gravadas del mes (comisiones, bonos, horas extra gravadas), menos las partes exentas que marca la ley, como la parte exenta del aguinaldo o de la prima vacacional. Las cuotas del IMSS no se restan de esta base: el ISR se calcula sobre el ingreso antes de esos descuentos.

¿Me toca el subsidio para el empleo?

Te toca si tu ingreso mensual que sirve de base para el ISR no pasa de $11,492.66. En 2026 el monto es $535.65 al mes (15.02 % de la UMA mensual, según el decreto del 31 de diciembre de 2025) y se resta del ISR que salga de la tarifa. Si el subsidio es mayor que tu ISR, la retención queda en cero. No aplica a pagos por separación como indemnizaciones o primas de antigüedad.

¿Si gano el salario mínimo pago ISR?

No. El artículo 96 de la Ley del ISR dice que no hay retención para quien en el mes únicamente percibe el salario mínimo. En 2026 el salario mínimo general es $315.04 diarios (unos $9,577.22 al mes) y en la Zona Libre de la Frontera Norte es $440.87 diarios. Si ganas más que el mínimo, todo tu sueldo se calcula con la tarifa normal.

¿La tarifa es la misma si me pagan por quincena?

No. El SAT publica una tarifa para cada periodicidad de pago: diaria, semanal, decenal, quincenal y mensual. Esta calculadora usa la mensual. Si te pagan por quincena, tu patrón usa la tarifa quincenal del Anexo 8; el resultado mensual es equivalente, salvo diferencias de centavos por el redondeo de cada periodo.

¿El resultado de la calculadora es mi impuesto definitivo?

¿Cuánto ISR me retienen si gano $20,000 al mes?

No: es la retención provisional que tu patrón debe enterar al SAT cada mes. El impuesto definitivo del año se determina en tu declaración anual, donde se suman todos tus ingresos acumulables y se restan las deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, aportaciones para el retiro, entre otras). Ahí puede salir saldo a favor o impuesto adicional por pagar.

¿Cada cuánto cambia la tabla del ISR?

La Ley del ISR (artículo 152) ordena actualizar las tarifas cuando la inflación acumulada desde la última actualización supera el 10 %. La tabla anterior estuvo vigente de 2023 a 2025; como la inflación acumulada llegó a 13.21 %, el Anexo 8 de la Miscelánea Fiscal 2026 publicó tarifas nuevas, vigentes desde el 1 de enero de 2026.

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Fuentes

Revisado el 20 de octubre de 2026Así revisamos cada calculadora